Lo que a mi me parece surrealista es querer comparar un objeto físico con una obra intelectual.
Cuando yo uso una idea tuya, tu no te quedas sin idea. Cuando yo copio un cuadro tuyo, tu no te quedas sin cuadro. No te estoy robando la idea, no te estoy robando el cuadro.
Este punto de vista es cojonudo, porque, entonces dime, qué piensas hacer con todo el arte conceptual de los años 60 para acá.
Según tú, si usas mi idea yo no me quedo sin idea. Como el arte conceptual tiene como base las ideas, y no lo objetual, según tú, no existe obra.
Resulta que la obra de arte no es la pintura que está sobre el lienzo, sino todo el proceso de creación+la pintura.
Tampoco se queda sin idea el científico que formula una teoría o fórmula. ¿Qué te impide usarla?
En realidad, la única diferencia entre el que vende anime licenciado y el que lo distribuye sin venderlo es precisamente esa: el ánimo de lucro. Que es lo que la ley española contempla como delito. Lo que quiere decir que, mientras no te lucres con ello, lo que hagas con las copias del material por el que has ya pagado es 100% legal.
No, la diferencia es que haya o no haya ánimo de lucro en quien lo distribuye, este tiene el permiso o acuerdo con los autores de la obra (a través de su distribuidora si es el caso).
Si a una ONG decidiese servirse de una imagen artística para su publicidad, aunque no diese un duro por ello, tendría sus correspondientes acuerdos o permisos para ello. No puede pillar la imagen que le de la gana y usarla por que sí, de igual modo que en principio no puede hacerlo una agencia de publicidad cualquiera con ánimo de lucro.
No, por que las traducciones se registran como traducciones de otras obras, no como obras independientes.
Ejemplo coge un libro de un autor inglés y mira la hoja donde se indica el copyright:
QUOTE(Soul Music)
C 1994, Terry y Lynn Pratchett
C 2004, Albert Solé Company, por la traducción
Precisamente la parte que las traducciones "desvirtuan" de la obra en idioma original es parte que el traductor inventa para adaptarla a la nueva lengua, con lo que sí existe proceso creativo en las traducciones (igual que en los remixes, o incluso en los covers).
Pareces olvidar algo fundamental, y es que el traductor no puede disponer de la traducción por su cuenta, no es algo independiente del libro, libro que se edita de acuerdo a unos derechos negociados con autor o editorial original.
Quiero decir, que efectivamente, las traducciones se registran como traducciones de otras obras. Pero para poder registrar esa traducción has de tener derecho a hacerla ¿no?
Osea, que si yo me tiro dos años planificando una campaña publicitaria o pintando un cuadro, vienes tú y copias mi idea y la usas sin ánimo de lucro, tú estás obrando adecuadamente. Interesante.
Menos mal que las cosas no funcionan así, porque si no os ibáis a quedar pronto sin manga, cuadros, esculturas y teatros. Que hasta donde yo sé, eso de crear por amor al arte es una utopía muy bonita. Los artistas también comen.
Entonces, en tu vocabulario, la palabra plagio no tiene sentido, ¿no?
P.D: ojo, que yo no niego tu derecho a traducir ese libro, y servirte de él. O incluso distribuirlo por emule (esto sería discutible).
Lo que yo niego es tu derecho sobre la obra, y considero que la traducción no es independiente de la obra
Que sí, que podrás reclamar legalmente al que ha usado tu script. Pero para ello, el juez ha de confirmar que se ha usado, y si se ha usado es porque contiene la traducción, y si contiene la traducción estará violando o no, unas normas, independientemente de lo que haya sucedido con el script.
Aunque tiene narices que aquí todo el mundo crea que alguien tiene derechos sobre la creación de unos estilos de subtitulados, y en cambio el artista original no lo tiene sobre la obra. Genial
Este tema ha sido editado por mai: 08 November 2005 - 05:55 PM